A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Londoño Gonzalez Misael Antonio·Demandado Departamento De Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre el cumplimiento de convención colectiva de trabajo de trabajador oficial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 24 Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado 16 Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que presentó un ciudadano en contra de la Gobernación de Antioquia con el objeto de que se declarara, entre otras pretensiones, que era beneficiario de la convención colectiva de trabajo y laudos arbitrales vigentes suscritos entre el Sindicato de Trabajadores y Empleados del Departamento de Antioquia y la entidad territorial.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, determinó la Corte que la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, es la competente para conocer un proceso promovido por un trabajador oficial en el que se pretende controvertir una decisión que niega el reconocimiento de un derecho contenido en una convención colectiva de trabajo.
Con base en lo anterior remitió el expediente al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 24 Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado 16 Laboral del Circuito de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 16 Laboral del Circuito de Medellín es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el señor Misael Antonio Londoño González en contra de la Gobernación de Antioquia.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3049 al Juzgado 16 Laboral del Circuito de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 24 Administrativo Oral de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.